FactuCheck

Software de facturación electrónica para pymes: llega a octubre de 2028 con los deberes hechos

Hacienda ha aplazado VeriFactu a octubre de 2028 (pendiente de BOE) para que llegue a la vez que la factura electrónica obligatoria. VeriFactu conecta tu software con Hacienda y garantiza que cada factura emitida, anulada o rectificada cumpla la normativa. Si ya facturáis con un programa, solo tendréis que activarlo; si no, mejor cambiar ahora que con las dos obligaciones encima.

¿Por qué ahora?

Si hay hasta 2028, ¿por qué adaptarse ya?

A partir de octubre de 2028, para sociedades y autónomos por igual, el software de facturación debe registrar y enviar cada factura de forma segura, mantener los registros inalterables y conservar los datos como marca la ley, con sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio. Ese mismo mes llega la factura electrónica: quien ya trabaja con un programa solo tiene que activarlo, y quien siga con Word o Excel tendrá que cambiarlo todo de golpe. Y mientras tanto, un buen programa ya os ahorra tiempo con el IVA, los gastos y el trimestre.

  • Automatización total de la facturación
  • Control y análisis del negocio en tiempo real
  • Cumplimiento 100% de la normativa antifraude
  • Menor riesgo de inspecciones y sanciones
  • Menos tareas administrativas y errores internos
  • Imagen de empresa moderna y transparente
  • Checklist

    Requisitos que debe cumplir tu software

    Conformidad con VeriFactu

    Declaración responsable del fabricante conforme al RD 1007/2023 (la AEAT no homologa programas), con registros inalterables.

    Trazabilidad completa

    Facturas, tickets, anulaciones y rectificativas: todo con huella encadenada.

    Envío automático y QR

    Cada factura viaja a Hacienda en tiempo real con su QR oficial.

    Conservación 4+ años

    Datos y justificantes guardados de forma segura.

    Acceso multicanal

    Gestión integral desde web y móvil, para todo tu equipo.

    Exportación fácil

    Registros, CSVs y PDFs exportables — incluida la carpeta trimestral para tu asesoría.

    El calendario

    Así llega VeriFactu, paso a paso

    1. Diciembre 2023

      Se aprueba el Reglamento VeriFactu

      El RD 1007/2023 fija los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación.

    2. 2024

      Especificaciones técnicas

      La Orden HAC/1177/2024 detalla el formato del registro, la huella encadenada y el QR oficial.

    3. Diciembre 2025

      Primer aplazamiento a 2027

      El Real Decreto-ley 15/2025 fijaba enero de 2027 para sociedades y julio de 2027 para autónomos.

    4. 5 de octubre de 2026

      Hacienda lo aplaza a octubre de 2028

      Misma fecha para sociedades y autónomos, para que coincida con la factura electrónica obligatoria. Pendiente de publicación en el BOE.

    5. Hoy

      FactuCheck ya cumple

      Cada factura que emites se envía a la AEAT con huella encadenada y QR. Cuando llegue la fecha, no tendrás que cambiar nada.

    6. octubre de 2028

      VeriFactu y factura electrónica, a la vez

      Obligatorio para sociedades y autónomos por igual, también en módulos. Ese mismo mes llega la factura electrónica para quien factura menos de 8 millones de euros.

    ¿Os afecta?

    Quién está obligado y quién queda exento

    Están obligados

    • Autónomos y profesionales que emiten facturas (incluidos los de estimación objetiva / módulos)
    • Sociedades y demás contribuyentes del Impuesto de Sociedades
    • Operaciones con clientes extranjeros: exportaciones y entregas intracomunitarias incluidas

    Quedan exentos

    • Empresas ya acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información)
    • Contribuyentes de los territorios forales del País Vasco y Navarra (normativa propia)
    • Quien no esté obligado a emitir factura conforme al Reglamento de facturación

    Transparencia total

    Qué información viaja a la AEAT en cada factura

    Esto es exactamente lo que envía FactuCheck en cada registro VeriFactu — ni un dato más.

    Identificación de la factura

    Serie, número, fecha de expedición y tipo (ordinaria, simplificada, rectificativa).

    Datos fiscales de emisor y cliente

    NIF, nombre o razón social de quien emite y, si aplica, de quien recibe.

    Desglose de IVA

    Base imponible, tipo y cuota por cada tipo impositivo, más el importe total.

    Huella encadenada (hash)

    Cada registro se enlaza con el anterior del mismo NIF: cualquier alteración se detecta al instante.

    Código QR de verificación

    El destinatario puede cotejar la factura directamente en la sede electrónica de la AEAT.

    Fecha y hora del envío

    Marca temporal exacta de cuándo se registró en el sistema de la AEAT.

    Preguntas frecuentes

    VeriFactu para empresas, explicado

    ¿Cuándo es obligatorio VeriFactu para empresas?

    En octubre de 2028, la misma fecha para sociedades y autónomos. Lo anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026 para que coincida con la factura electrónica obligatoria de las empresas que facturan menos de 8 millones de euros, y está pendiente de publicación en el BOE. Antes se hablaba del 1 de enero de 2027 para sociedades (Real Decreto-ley 15/2025), pero esa fecha ya no es la referencia.

    ¿Qué sanciones hay por no cumplir?

    Desde octubre de 2028, usar un sistema de facturación no conforme puede suponer sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal (art. 201 bis de la Ley General Tributaria). Antes de esa fecha no hay sanción por no usar VeriFactu. La AEAT no homologa programas: el fabricante firma una declaración responsable, y fabricar o comercializar un programa que no cumple también se sanciona.

    ¿Qué gana mi empresa además de cumplir?

    Automatización total de la facturación, control en tiempo real del negocio, menos errores de gestión interna, menor riesgo de inspección e imagen de empresa moderna y transparente.

    ¿Podemos llevar también gastos, nóminas y banco?

    Sí: FactuCheck incluye gastos con IA, conciliación bancaria (Revolut Business o cualquier banco importando su extracto en CSV), nóminas de empleados y exportación trimestral lista para vuestra asesoría.

    ¿Se puede modificar una factura ya registrada?

    No: el reglamento exige que el registro sea inalterable. Las correcciones se hacen mediante factura rectificativa o anulación del registro, nunca editando la original — FactuCheck lo gestiona por ti.

    ¿Y si ya usamos el SII?

    Si vuestra empresa ya está acogida al Suministro Inmediato de Información (SII), quedáis exentos de VeriFactu — el SII cumple ya ese mismo objetivo de control.

    ¿Hablamos?

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