FactuCheck

Calculadora de sanciones VeriFactu

Descubre en 30 segundos cuánto te puede costar seguir facturando como hasta ahora cuando VeriFactu sea obligatorio. Sin registro, sin dejar tu email y con los artículos de la ley a la vista.

Tus datos

¿Cómo tributas?
¿Con qué facturas ahora?
60.000 €

La sanción del artículo 201 bis se aplica por cada ejercicio en el que se tenga o use el sistema no conforme.

Exposición máxima estimada

50.600 €

Usar un sistema no conformeArt. 201 bis LGT · 50.000 € × 1 ejercicio
50.000 €
Incumplimiento de facturación (leve)Art. 201 LGT · 1% de tu facturación
600 €

Si además no expides o no conservas facturas, ese tramo pasa a grave: 1200 € (2%). Y si hubiera facturas falsas, la ley llega al 75% del importe de las operaciones.

Te quedan 335 días hasta el 1 de julio de 2027, la fecha en la que VeriFactu deja de ser voluntario en tu caso.

Lo que cuesta evitarlo

Plan gratuito

0 €

Para empezar y aprender el flujo

Plan Básico

47,88 €/año

3,99 €/mes con la oferta fundadores

Es 1057 veces menos que la exposición que te sale arriba. Y el plan gratuito ya te deja probarlo entero.

¿Te ha servido? Puedes enlazarla o compartirla libremente.

Aviso: esta calculadora aplica los importes máximos que fija la Ley General Tributaria (artículos 201 y 201 bis, introducido este último por la Ley 11/2021) para que entiendas el orden de magnitud del riesgo. No es asesoramiento fiscal: las sanciones admiten graduación y reducciones, y su aplicación a tu caso concreto la tiene que valorar tu asesor.

Qué sanciona exactamente la Ley Antifraude

La Ley 11/2021 añadió el artículo 201 bis a la Ley General Tributaria, y creó una infracción que antes no existía: no va sobre lo que declaras, va sobre el programa con el que facturas. Distingue dos sujetos:

50.000 €

por ejercicio, para quien tiene o usa un sistema de facturación que no cumple los requisitos. Es la que te afecta a ti.

150.000 €

por ejercicio y tipo de sistema, para quien lo fabrica o comercializa. Es la que nos afecta a nosotros como desarrolladores.

A eso se suma el artículo 201, que ya existía y sigue vigente: los incumplimientos de facturación se sancionan con el 1% del importe de las operaciones (leve), el 2% si no se expiden o no se conservan facturas (grave) y hasta el 75% si hay facturas falsas.

Ojo con el detalle que se le escapa a casi todo el mundo: la infracción del 201 bis no exige que hayas defraudado nada. Basta con usar un sistema que no cumpla. Los requisitos concretos están en requisitos del software VeriFactu y el detalle del régimen sancionador, en sanciones de VeriFactu.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre las sanciones

¿De dónde salen los importes de la calculadora?

De la Ley General Tributaria. El artículo 201 bis, introducido por la Ley 11/2021 (Ley Antifraude), sanciona con 50.000 € por ejercicio a quien tenga o use sistemas de facturación que no cumplan los requisitos, y con 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema a quien los fabrique o comercialice. El artículo 201 sanciona los incumplimientos de facturación con el 1% del importe de las operaciones (leve), el 2% (grave) o el 75% si hay facturas falsas.

¿La multa es por factura o por año?

La del artículo 201 bis es por ejercicio, no por factura: es una infracción por tener o usar el sistema, no por cada documento que emitas con él. Por eso la calculadora la multiplica por el número de ejercicios que seguirías sin cambiar de programa.

¿Me pueden sancionar ya o solo a partir de mi fecha?

Por el incumplimiento de los requisitos VeriFactu, a partir de tu fecha de obligación: el 1 de enero de 2027 si eres sociedad y el 1 de julio de 2027 si eres autónomo. Antes de esa fecha no hay infracción por este concepto, aunque las prohibiciones sobre software de doble uso llevan tiempo en vigor.

¿Facturar en Excel es sancionable?

A partir de tu fecha de obligación, sí: una hoja de cálculo no genera huella encadenada, no impide modificar lo emitido, no guarda registro de eventos y no comunica nada a la AEAT, así que es un sistema no conforme a efectos del artículo 201 bis.

¿Estos importes son seguros o son el máximo?

Son los importes que fija la norma, es decir, el escenario máximo. Las sanciones admiten graduación y reducciones (por conformidad o pronto pago, por ejemplo), así que la cifra real de un expediente concreto puede ser menor. La calculadora sirve para ver el orden de magnitud, no para predecir un expediente.

¿Puedo enlazar o incrustar esta calculadora en mi web?

Sí, puedes enlazarla libremente, y nos alegra que lo hagas. Si eres gestoría o asesoría y quieres una versión con tu marca para tus clientes, escríbenos a contacto@factucheck.com.

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