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Fechas y plazos de VeriFactu

VeriFactu es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para empresas y sociedades, y desde el 1 de julio de 2027 para autónomos y profesionales. Hasta entonces su uso es voluntario, así que puedes adelantarte y llegar a tu fecha con todo rodado.

Actualizado el 31 de julio de 2026 · Guía completa de VeriFactu

El calendario, por tipo de contribuyente

La obligación no llega para todos a la vez. Depende de cómo tributes, no de cuánto factures:

  • 1 de enero de 2027 — empresas y sociedades. Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Es la primera fecha y la que menos margen deja.
  • 1 de julio de 2027 — autónomos y profesionales. Quien tributa en IRPF por actividad económica: seis meses más de margen.

Los fabricantes de software tuvieron su propio plazo, anterior a estos: sus programas ya deben poder emitir en modo VeriFactu. Por eso hoy ya puedes usarlo aunque a ti todavía no te obligue.

Quién queda fuera de este calendario

  • Empresas en el SII (Suministro Inmediato de Información): ya remiten sus libros registro de IVA y quedan excluidas.
  • País Vasco y Navarra: tienen sus propios sistemas forales, TicketBAI y el equivalente navarro, con calendarios distintos y en vigor desde antes.
  • Operaciones y sujetos con exclusiones específicas previstas en el reglamento. Si tu caso es raro, confírmalo con tu asesor: aquí no vale el “me suena que”.

Por qué adelantarse sale mejor que esperar

Esperar a la fecha límite tiene tres costes que nadie cuenta al principio:

  1. El cambio de programa no es instantáneo. Hay que meter clientes, productos, series de numeración y datos fiscales. Hacerlo en enero, con el trimestre encima, es la peor idea posible.
  2. La numeración es delicada. Una factura emitida en VeriFactu ya no se puede borrar. Conviene haber cometido tus errores de aprendizaje antes, no después.
  3. El soporte se colapsa en las fechas límite. Le pasa a todos los proveedores, nosotros incluidos.

Con FactuCheck puedes empezar en el entorno de pruebas de la AEAT: emites facturas completamente válidas para tus clientes, aprendes el flujo entero y activas el envío real cuando quieras.

Checklist: qué hacer antes de tu fecha

  • Comprobar si tu programa actual es VeriFactu y tiene declaración responsable.
  • Si no lo es, elegir uno que sí y probarlo con facturas reales.
  • Revisar tus series de numeración y cerrar el año en la herramienta antigua.
  • Validar tu NIF y tus datos fiscales: si están mal, la AEAT rechaza el registro.
  • Avisar a tu gestoría de con qué vas a facturar, para que cuadre su trimestre.

Si eres gestoría y esto lo tienes que hacer con toda tu cartera, mira VeriFactu para gestorías. Y si quieres entender primero el fondo del asunto, empieza por qué es VeriFactu.

Preguntas frecuentes

Otras dudas sobre esto

¿Cuándo entra en vigor VeriFactu?

La obligación llega en dos fechas: el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (empresas y sociedades) y el 1 de julio de 2027 para autónomos y profesionales que tributan en IRPF.

¿Se ha retrasado VeriFactu?

Sí. El calendario inicial situaba la obligación en julio de 2025 y se prorrogó para dar margen a empresas y desarrolladores. Las fechas vigentes son las de este calendario, pero la dirección no ha cambiado: el sistema va a ser obligatorio.

¿Puedo empezar a usar VeriFactu antes de mi fecha?

Sí, y es lo recomendable. El uso voluntario está permitido: adelantarte te permite aprender el flujo, detectar problemas con tu numeración o tus datos fiscales y llegar a la fecha sin cambiar de programa con prisas.

¿Qué pasa si el 1 de enero de 2027 mi software no cumple?

Estarías usando un sistema de facturación no conforme, lo que el artículo 201 bis de la LGT sanciona con hasta 50.000 € por ejercicio, además de las sanciones ordinarias por incumplimientos de facturación.

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