Fechas y plazos de VeriFactu
Actualizado el 31 de julio de 2026 · Guía completa de VeriFactu
El calendario, por tipo de contribuyente
La obligación no llega para todos a la vez. Depende de cómo tributes, no de cuánto factures:
- 1 de enero de 2027 — empresas y sociedades. Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Es la primera fecha y la que menos margen deja.
- 1 de julio de 2027 — autónomos y profesionales. Quien tributa en IRPF por actividad económica: seis meses más de margen.
Los fabricantes de software tuvieron su propio plazo, anterior a estos: sus programas ya deben poder emitir en modo VeriFactu. Por eso hoy ya puedes usarlo aunque a ti todavía no te obligue.
Quién queda fuera de este calendario
- Empresas en el SII (Suministro Inmediato de Información): ya remiten sus libros registro de IVA y quedan excluidas.
- País Vasco y Navarra: tienen sus propios sistemas forales, TicketBAI y el equivalente navarro, con calendarios distintos y en vigor desde antes.
- Operaciones y sujetos con exclusiones específicas previstas en el reglamento. Si tu caso es raro, confírmalo con tu asesor: aquí no vale el “me suena que”.
Por qué adelantarse sale mejor que esperar
Esperar a la fecha límite tiene tres costes que nadie cuenta al principio:
- El cambio de programa no es instantáneo. Hay que meter clientes, productos, series de numeración y datos fiscales. Hacerlo en enero, con el trimestre encima, es la peor idea posible.
- La numeración es delicada. Una factura emitida en VeriFactu ya no se puede borrar. Conviene haber cometido tus errores de aprendizaje antes, no después.
- El soporte se colapsa en las fechas límite. Le pasa a todos los proveedores, nosotros incluidos.
Con FactuCheck puedes empezar en el entorno de pruebas de la AEAT: emites facturas completamente válidas para tus clientes, aprendes el flujo entero y activas el envío real cuando quieras.
Checklist: qué hacer antes de tu fecha
- Comprobar si tu programa actual es VeriFactu y tiene declaración responsable.
- Si no lo es, elegir uno que sí y probarlo con facturas reales.
- Revisar tus series de numeración y cerrar el año en la herramienta antigua.
- Validar tu NIF y tus datos fiscales: si están mal, la AEAT rechaza el registro.
- Avisar a tu gestoría de con qué vas a facturar, para que cuadre su trimestre.
Si eres gestoría y esto lo tienes que hacer con toda tu cartera, mira VeriFactu para gestorías. Y si quieres entender primero el fondo del asunto, empieza por qué es VeriFactu.
Preguntas frecuentes
Otras dudas sobre esto
¿Cuándo entra en vigor VeriFactu?
La obligación llega en dos fechas: el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (empresas y sociedades) y el 1 de julio de 2027 para autónomos y profesionales que tributan en IRPF.
¿Se ha retrasado VeriFactu?
Sí. El calendario inicial situaba la obligación en julio de 2025 y se prorrogó para dar margen a empresas y desarrolladores. Las fechas vigentes son las de este calendario, pero la dirección no ha cambiado: el sistema va a ser obligatorio.
¿Puedo empezar a usar VeriFactu antes de mi fecha?
Sí, y es lo recomendable. El uso voluntario está permitido: adelantarte te permite aprender el flujo, detectar problemas con tu numeración o tus datos fiscales y llegar a la fecha sin cambiar de programa con prisas.
¿Qué pasa si el 1 de enero de 2027 mi software no cumple?
Estarías usando un sistema de facturación no conforme, lo que el artículo 201 bis de la LGT sanciona con hasta 50.000 € por ejercicio, además de las sanciones ordinarias por incumplimientos de facturación.
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